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Jueves 14 de agosto de 2003 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 54
I. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 está el de contribuir al logro de los
objetivos sectoriales de turismo.
II. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003 dispone en su
artículo 12 que las dependencias y entidades paraestatales que requieran suscribir convenios de
reasignación, deberán apegarse al convenio modelo que emitan las secretarías de Hacienda y Crédito
Público (a la que en lo sucesivo se le podrá denominar “SHCP”) y de la Función Pública (a la que en lo
sucesivo se le podrá denominar “SFP”) y obtener la autorización presupuestaria de la “SHCP”.
III. Asimismo, el Decreto invocado dispone en el mismo artículo que los convenios a que se refiere el
párrafo anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que
reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales y de la respectiva dependencia
coordinadora de sector, con los gobiernos de las entidades federativas.
IV. El presente Convenio está sujeto y quedará condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria
que emita la Dirección General de Programación y Presupuesto de Sectorial B de la “SHCP”, para
que “SECTUR” reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado,
por lo que se anexará una fotocopia del oficio correspondiente para que forme parte integrante de este
Convenio.
DECLARACIONES
I. Declara la “SECTUR”:
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias
para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 42 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal.
2. Que tiene entre otras facultades las de formular y conducir la política de desarrollo de la actividad
turística nacional; determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento,
protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio
ecológico y social de los lugares de que se trate; así como fortalecer el patrimonio histórico y cultural de
cada región del país.
3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente
Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 4 y 5 fracciones XVI y XVIII del Reglamento
Interior de la Secretaría de Turismo.
Il. Declara la “ENTIDAD FEDERATIVA”:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, es libre y soberano en su régimen interno, que forma parte integrante de la Federación según
los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de Yucatán y
por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través de su Gobernador Constitucional,
C. Patricio José Patrón Laviada, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los
artículos 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y 6 y 8 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Yucatán y de las demás disposiciones locales aplicables.
3. Que de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Yucatán, este Convenio es también suscrito por los secretarios de Turismo y de la Contraloría General,
de conformidad con los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, y 4 y 5 del
Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría General.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 22, 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley
de Planeación; 1, 2, 8, 9, 17 y 18 de la Ley Federal de Turismo; 1 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos
y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12
del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003; así como en los
artículos 44 y 55 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán; los artículos 6, 8 y 15
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